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GUARDIA CIVIL

Requisitos

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, antes de que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española.

  • No estar privado de los derechos civiles.

  • Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificados e informes de conducta ciudadana.

  • Carecer de antecedentes penales.

  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

  • No tener reconocida la condición de objetor de conciencia, ni estar en trámite su solicitud.

  • Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.

  • Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido ni cumplir, dentro del año en que se publique la correspondiente convocatoria, la edad de 30 años.

  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante la superación de las pruebas que determina en la Orden de 9 de abril de 1996, con excepción de los ejercicios físicos que se realizarán de acuerdo con lo establecido en cada convocatoria.

  • Estar en posesión o en condiciones de obtener, el título de Graduado en Educación Secundaria o de otro equivalente académico o superior. También será posible acceder a estos estudios, acreditando la superación de la prueba de acceso que recoge en el artículo 38 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, referida al acceso a la Formación Profesional.

  • Se consideran estudios equivalentes:

    * Segundo curso de B.U.P.
    * Segundo curso de F.P. de primer grado y título de Técnico Auxiliar.
    * Módulo profesional de Nivel 2 y título de Técnico Auxiliar.
    * Segundo curso del primer ciclo del Plan Experimental de Reforma de las Enseñanzas Medias.
    * Tercer curso de comunes del Plan de 1963 de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
    * Segundo curso de comunes experimentales de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
    * Prueba de acceso a los ciclos de Formación de Grado Medio de Formación Profesional.

    A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener la titulación cuando en el plazo de presentación de solicitudes se hayan superado los correspondientes estudios o pruebas que permiten acceder a las mencionadas titulaciones o enseñanzas.

    • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
Solicitud
  • Las instancias y el impreso de tasas de examen serán facilitados a los aspirantes en Puestos y Comandancias de la Guardia Civil.

  • Las instancias se presentarán, en el plazo que se determine en cada convocatoria, contado a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil o cursadas a dicha Jefatura a través de los Puestos y Comandancias de la Guardia Civil, dependencias policiales, oficinas de Correos o cualquier otra dependencia de las referidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Los aspirantes que pertenezcan a las Fuerzas Armadas cursarán sus instancias por conducto reglamentario.

  • Los aspirantes remitirán junto con la instancia la siguiente documentación:

    a) El "Ejemplar para la Administración" del modelo 790 de la Tasa por Derechos de Examen, debidamente validado por la entidad colaboradora (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Créditos), justificativo de haber abonado los derechos de examen.
    Estarán exentos del pago de esta tasa, los aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria y, en este plazo, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
    Para poder acogerse a la condición de demandante de empleo, los interesados deberán presentar la certificación correspondiente emitida por la oficina del Servicio Público de Empleo. En cuanto a la declaración de las rentas, bastará con una declaración escrita del aspirante.

    b) Fotocopia, por ambas caras, del Documento Nacional de Identidad en vigor.

    c) Original o fotocopia legalizada o compulsada de los documentos acreditativos de estar en posesión de alguno de los títulos o prueba exigidos.

    d) Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos arriba mencionados.

    e) Declaración complementaria de conducta ciudadana.

    f) Fotocopia compulsada del permiso de conducción.

    g) Declaración para su valoración en la fase de concurso, de los méritos que consideren oportuno alegar conforme al baremo fijado en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, según su nueva redacción dada por el Real Decreto 2321/2004, de 17 de diciembre.

    h) Los militares profesionales de tropa y marinería, el certificado debidamente cumplimentado que figure en la convocatoria, acreditativo de poder optar o no a las plazas reservadas para ellos y expresivo, a los solos efectos de ser tenido en cuenta para la fase de concurso, del cómputo de tiempos de servicio prestados en las Fuerzas Armadas.

  • Cuantos documentos se presenten habrán de ser originales o extendidos en copias debidamente autorizadas o compulsadas. Las compulsas deberán afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento y no se considerarán válidas cuando carezcan de la firma e identificación personal del funcionario que las extiende. No serán tenidos en cuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos, salvo que sean emitidos por las Administraciones Públicas, en los términos señalados en el artículo 45.5 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.     

  • El Coronel Director del Colegio de Guardias Jóvenes expedirá una relación global acreditativa de los alumnos del citado centro que aspiran a las plazas reservadas a los mismos.

  • Los méritos a valorar serán los que se posean en la fecha límite del plazo de presentación de solicitudes y la presentación de las correspondientes titulaciones, certificaciones, publicaciones en Boletines Oficiales o documentos acreditativos, que justifiquen la declaración efectuada, podrá realizarse junto con la instancia o deberán tener entrada en la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, al menos, diez días antes del inicio de la primera prueba. Su no presentación en los términos y plazos indicados, supondrá la no estimación del baremo provisional asignado a la parte no acreditada, en la fase de concurso.

Pruebas

FASE DE CONCURSO

Consistirá en la valoración de los méritos académicos y profesionales del aspirante admitido a las pruebas de acuerdo con el siguiente baremo:

 MÉRITOS PROFESIONALES

a) Haber cumplido el servicio militar como militar de reemplazo: 1 punto

b) Tiempo de servicios prestados como militar profesional de tropa y marinería:

• Quienes ostenten dicha condición: Por años completos de servicios prestados de forma ininterrumpida hasta la fecha de finalización del plazo de presetnación de instancias:

Un año: 1 punto

Dos años: 2 puntos

Tres años: 3 puntos

Cuatro años: 4 puntos

Cinco años: 5 puntos

Seis años: 18 puntos

Siete años: 19 puntos

Ocho años: 20 puntos

Nueve años: 21 puntos

Diez años: 22 puntos

Once años: 23 puntos

Por cada año completo de servicios como militar profesional de tropa y marinería, prestados con anterioridad y no incluidos en el apartado anterior: 1 punto

• Si no ostenta la condición de militar profesional de tropa y marinería, por cada año completo de servicios prestados como tal: 1 punto

c) Por el empleo máximo alcanzado como militar profesional de tropa y marinería, en la actualidad o con anterioridad, en cualquier Ejército:

Militar profesional de tropa y marinería (soldado o marinero): 1 punto

Cabo: 3 puntos

Cabo 1º: 12 puntos

d) Tiempo de servicios prestado como militar de complemento o permanecido como reservista voluntario:

Por cada año completo de servicios prestados como militar de complemento: 1 punto.

Por cada año completo permanecido como reservista voluntario: 1 punto.

e) Por la categoría de pertenencia, conforme al empleo máximo alcanzado, como militar de complemento o reservista voluntario, en cualquier Ejército, Cuerpo o Escala:

Tropa y marinería: 1 punto.

Suboficial: 5 puntos.

Oficial: 10 puntos. 

 OTROS MÉRITOS

a) Título de la Escuela Oficial de Idiomas o acreditación de un perfil lingüístico en cualquier idioma. Para un idioma concreto solamente se contabilizará el título o certificado aportado de mayor puntuación según el siguiente baremo:

Perfil lingüístico 4.4.4.4 ó superior: 8 puntos.

Perfil lingüístico 3.3.3.3 ó superior o Certificado de aptitud del Ciclo Superior o Certificado de Nivel Avanzado de la E.O.I.: 6 puntos.

Perfil lingüístico 2.2.2.2 ó superior o Certificación académica del Ciclo Elemental o primer curso de Nivel Intermedio de la E.O.I.: 4 puntos.

    No se valorará un perfil lingüístico inferior al 2.2.2.2.

    La acreditación de los perfiles lingüísticos se harán de acuerdo a la Orden Ministerial DEF/1815/2003, de 23 de junio, por la que se regulan los procedimientos para determinar el conocimiento en materia de idiomas extranjeros en el ámbito de las Fuerzas Armadas (BOE núm. 158).

b) Estar en posesión del título o certificado de:

Selectividad o titulación universitaria oficial: 10 puntos

Técnico Superior o Técnico Especialista: 8 puntos

Bachiller LOGSE o equivalente: 6 puntos

    Para la valoración, solamente se considerará la mayor titulación académica de las aportadas.

    Los Títulos oficiales académicos objeto de baremo serán los expedidos por los centros u órganos competentes del Ministerio de Educación y Cultura o Comunidad Autónoma que tenga transferida esta competencia y podrán ser sustituidos por el resguardo provisional emitido por el Centro oficial habilitado para la expedición del título.

    No serán objeto de baremación: las pruebas o titulaciones que sólo facultan o pueden servir para acceder a determinadas enseñanzas; las que únicamente tengan declarada o reconocida, por órgano competente, su equivalencia a efectos profesionales o laborales con alguna titulación terminal académica concreta del sistema educativo general vigente; las que únicamente permitan participar en los procesos selectivos de ingreso en los correspondientes Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y demás Administraciones Públicas; y los diplomas y títulos propios de las Universidades que no estén homologados mediante Real Decreto.

c) Estar en posesión del permiso de:

Autorización BTP en el Permiso de Conducción de la clase B: 2 puntos.

Permiso de Conducción de la clase A: 2 puntos.

Permiso de Conducción de las clases C1, C, D1, D, C1+ C ó D1+D: 4 puntos.

Permiso de Conducción de las clases C1+D1, C+D1, C1+D ó C+D: 6 puntos.

    Para la valoración, se considerarán los que se posean, siendo los apartados 3 y 4 excluyentes entre sí (se puede puntuar en uno o en otro apartado, no en los dos). 

FASE DE OPOSICIÓN

Constará de las siguientes pruebas:

  • Ortografía: Consistirá en la realización por escrito de un ejercicio de ortografía cuya calificación se formulará en términos de "apto/no apto". El tiempo para esta prueba será de diez minutos. Se entenderá superada la prueba si no se rebasa el número máximo de faltas señalado en cada convocatoria. El aspirante declarado "no apto" quedará automáticamente eliminado del proceso selectivo.
  • Conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de cien (100) preguntas concretas sobre materias jurídicas, socio-culturales y técnico-científicas. El tiempo para esta prueba será de hora y media.
    Para superar las pruebas de conocimientos, será necesario alcanzar una puntuación mínima de veinticinco (25) puntos, siendo “no aptos” quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán fuera del proceso selectivo.
  • Lengua Extranjera: Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma, inglés o francés, elegido por el aspirante. Si el aspirante no elige idioma en el espacio reservado a tal efecto en la instancia, será examinado de inglés. El tiempo para esta prueba será de veinte minutos.
    Esta prueba se valorará de 0 a 20 puntos, no teniendo carácter eliminatorio.
  • Psicotécnica: Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas tanto del período académico como alumno de un centro de formación como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:

a) Aptitudes intelectuales: se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evaluen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.

b) Perfil de personalidad: se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales, en el número y características que determine el Tribunal.

El tiempo de la prueba será el resultado de los tiempos previstos para cada test.

Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

Esta prueba se valorará de 0 a 30 puntos, de acuerdo con la ponderación de las puntuaciones obtenidas en las diversas escalas o factores de los tests aplicados.

 No se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas. La duración máxima de cada prueba y el orden de realización de las mismas, serán los que se determinen en cada convocatoria.

CALIFICACIÓN GLOBAL DE LAS PRUEBAS

  • Se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, esta última constituida por las puntuaciones totales de las pruebas de conocimientos y lengua extranjera y la calificación de la prueba psicotécnica dividida por dos.

  • Las pruebas de conocimientos y lengua extranjera se calificarán a razón de un (1) punto por pregunta contestada correctamente, salvo en el caso de preguntas tipo test, en el que la puntuación se obtendrá aplicando la fórmula:

    P = A-[E/(n-1)], siendo:
    P: número de puntos obtenidos
    A: número de aciertos
    E: número de errores
    n: número de opciones de las preguntas. 

  • La correspondiente convocatoria podrá fijar una puntuación mínima a alcanzar por los aspirantes, quedando eliminados del proceso selectivo aquellos que no alcancen dicha puntuación mínima.

  • Una vez obtenida la calificación definitiva de cada uno de los admitidos a las pruebas, los que resulten “aptos” se ordenarán de mayor a menor puntuación conforme a la resultante de sumar la obtenida en la fase de concurso, en la prueba de conocimientos, en la de lengua extranjera y en la psicotécnica, y serán convocados a realizar las pruebas de aptitud física en un número no superior al resultante de multiplicar por 2,5 el número de plazas convocadas.

  • Los casos de igualdad en la calificación, se resolverán siguiendo el orden de prelación siguiente:

    1. El que obtenga mayor puntuación en la prueba de conocimientos.
    2. El que obtenga mayor puntuación en la prueba de lengua extranjera.
    3. El que obtenga mayor puntuación en la prueba psicotécnica.
    4. El de mayor edad.

ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PSICOFISICA

La aptitud psicofísica se acreditará mediante la realización de:

 EJERCICIOS FÍSICOS:

  • Prueba de velocidad. Carrera de 50 metros en pista con salida en pie. Deberá cubrirse dicha distancia en tiempo no superior a 8 segundos para hombres y a 9 segundos para mujeres. Se permitirán dos intentos.

  • Prueba de resistencia muscular. Carrera de 1.000 metros en pista con salida en pie. Dicha distancia se cubrirá en tiempo no superior a 4 minutos para hombres y a 4 minutos 30 segundos para mujeres. Un único intento.

  • Prueba de potencia del tren inferior. Salto vertical. Se permitirán tres intentos. Situado el ejecutante de costado al lado de una pared graduada en centímetros, en posición de firme, levantará el brazo más próximo a la pared manteniendo ambos hombros en el mismo plano horizontal y marcará la altura a que llega con el extremo de los dedos. Realizará el salto vertical mediante flexión de piernas señalando la nueva altura alcanzada. Se permite levantar los talones y el ballesteo de las piernas siempre que no haya desplazamiento o se pierda totalmente el contacto con el suelo de uno o de los dos pies. La marca alcanzada no será inferior a 40 centímetros para hombres y a 35 centímetros para mujeres.

  • Prueba extensora del tren superior. Se realizará situándose el ejecutante en tierra inclinado hacia delante. Colocará las manos en la posición más cómoda manteniendo los brazos perpendiculares al suelo. Se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida manteniendo en todo momento los hombros, espalda y piernas en prolongación. No será válida la flexión-extensión de los brazos que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte del cuerpo distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. El número de flexiones que se realicen no será inferior a dieciocho para hombres y a catorce para mujeres.
    Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que éste se realice en posición de tierra inclinada hacia delante. La zona de contacto de la barbilla podrá almohadillarse con un grosor no superior a seis centímetros.
    Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.

  • Prueba de natación. Recorrido de 50 metros en piscina. Situado el ejecutante en pie, al borde de la piscina, se lanzará al agua y efectuará el recorrido con estilo libre y sin apoyo en un tiempo no superior a 70 segundos para hombres y a 75 segundos para mujeres. Un único intento.

 RECONOCIMIENTO MÉDICO:

  • Se aplicará el cuadro médico de exclusiones que figura en el apéndice "B" de la Orden de 9 de abril de 1996 (BOE núm. 92, de 16 de abril).

  • Como resultado del reconocimiento médico, los aspirantes serán calificados como "apto", "no apto" o "no apto circunstancial".

  • La calificación de "no apto" podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud al Presidente del Tribunal de selección en un plazo no superior a tres días contados a partir del siguiente a aquel en que se hagan públicos los resultados. El Presidente del Tribunal dispondrá su comparecencia, antes de diez días naturales contados desde la fecha que finalice la calificación de la última prueba selectiva, ante el Tribunal Médico previamente designado al efecto por el General Jefe de Enseñanza de la Guardia Civil y publicado en el "Boletín Oficial del Estado". El fallo de este Tribunal será definitivo para la continuación del interesado en el resto de las pruebas selectivas.

  • Los aspirantes calificados como "no aptos" que no soliciten la revisión en el plazo señalado en la letra anterior y los que, tras el reconocimiento efectuado por el Tribunal Médico, continúen con dicha calificación serán excluidos y quedarán fuera del proceso selectivo.

  • Quienes sean declarados “no aptos circunstancial” continuarán realizando las pruebas que les resten y se les fijará fecha para pasar un nuevo reconocimiento médico, total o parcial, ante el Tribunal Médico, a fin de determinar si resultan “apto” o “no apto”.

 ENTREVISTA PERSONAL:

  • Destinada a contrastar y a ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas y la adecuación del apto en la prueba de reconocimiento médico al perfil profesional del Guardia Civil.
    Consistirá en la recogida de información a través del diálogo y realización de los tests que considere pertinentes el entrevistador. Seguirá un desarrollo semiestructurado.

  • Para la realización de la entrevista, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista, compuesto por personal Licenciado en Psicología.

  • Los aspirantes serán calificados en los términos de "apto/no apto". Los calificados "no apto" serán excluidos y quedarán fuera del proceso selectivo.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes admitidos a las pruebas, el órgano de selección hará públicas las relaciones de los que resulten seleccionados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar su número el de plazas convocadas.

Nombramiento de los Alumnos

  • En el plazo establecido en cada convocatoria, contado a partir del día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aspirantes seleccionados, los interesados deberán remitir a la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Certificado literal del acta de inscripción de nacimiento.

  • Quienes tuvieran la condición de militar de carrera o de funcionario público, estarán exentos de justificar aquellos requisitos ya acreditados para obtener dicha condición, debiendo presentar únicamente certificación expedida por el Jefe del Organismo de quien dependan, acreditando su condición y las demás circunstancias que consten en su expediente personal.

  • Al hacer su presentación en el centro docente de formación serán nombrados alumnos por el Director del Centro. Previamente a dicho nombramiento deberán firmar el documento de incorporación a la Guardia Civil.

  • Si algún alumno no efectúa su presentación en la fecha indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se interpretará que renuncia a la plaza obtenida.

Periodos de Formación

  • El plan de estudios que faculta para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil se completará en dos períodos:

    • Primer período: de formación en centro docente, con una duración de un curso académico.

    • Segundo período: de formación en prácticas en aquellas Unidades del Cuerpo que designe la Dirección General de la Guardia Civil, con una duración de un año.

  • Los alumnos que superen el plan de estudios accederán a la Escala de Cabos y Guardias con el empleo de Guardia Civil.

  • Los alumnos ingresados causarán alta administrativa en el correspondiente centro docente militar de formación de la Guardia Civil el día de su incorporación al mismo.

  • Los alumnos estarán sujetos, desde su incorporación al centro docente, al régimen de derechos y deberes de carácter general del Cuerpo de la Guardia Civil, a las leyes penales militares, al régimen disciplinario de la Guardia Civil, al régimen de alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil y al régimen interior de los mismos.

  • El compromiso contraído por el militar de complemento, militar profesional de tropa y marinería o reservista voluntario que mantiene una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas, quedará resuelto al ser nombrado alumno del centro docente de formación de la Guardia Civil.

  • Las resoluciones y actos administrativos dictados en materia de ingresos y procesos selectivos, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Adquisición de la condición de militar de carrera

  • La condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil se adquiere al obtener el primer empleo en la escala correspondiente, que será conferido por su Majestad el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, tras la superación del plan de estudios de cada uno de los centros docentes de formación y, en su caso, el período de prácticas correspondiente.

  • Previamente a la adquisición de dicha condición será requisito indispensable prestar juramento o promesa, ante la Bandera, de defender a España con lealtad al Rey y fidelidad a la Constitución, según lo establecido en las Leyes.

  • La fecha de adquisición de la citada condición se tomará como la inicial para computar el tiempo de servicios efectivos, a los efectos del Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo.

  • Los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, desde la adquisición de la condición de militar de carrera, quedarán sometidos al régimen de derechos y deberes derivado de su relación de servicios profesionales en la Guardia Civil definido en la legislación y reglamentación del Cuerpo y aquellos otros del régimen general militar en los que así se señala expresamente en la reglamentación correspondiente.

ESCALAFONAMIENTO

  • La calificación obtenida al concluir la enseñanza de formación determinará el orden de escalafón. Éste sólo podrá alterarse por aplicación de los sistemas de ascenso, de las leyes penales y disciplinarias y de lo establecido en el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo.

Temario

  • Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características generales y principios inspiradores. Estructura. Título preliminar.

  • Tema 2. Título I. Derechos y deberes fundamentales.

  • Tema 3. Título II. La Corona.

  • Tema 4. Título III. Las Cortes Generales.

  • Tema 5. Título IV. El Gobierno y la Administración. Título V. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Título VI. El Poder Judicial.

  • Tema 6. Título VIII. Organización territorial del Estado.

  • Tema 7. Título IX. Tribunal Constitucional. Título X. Reforma constitucional.

  • Tema 8. Derecho Penal. Concepto. Principios generales del Derecho. Concepto de delito y falta. Dolo y culpa. Sujetos y objeto de delito. Personas responsables de delitos y faltas. Grados punibles de perpetración de delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

  • Tema 9. Delitos contra la Administración Pública. Delitos cometidos por funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

  • Tema 10. El Derecho Procesal Penal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Proceso Penal. Jurisdicción y competencia. Primeras diligencias. La acción penal. Concepto de denuncia. Obligación de denunciar. La denuncia. Formalidades y efectos. La querella.

  • Tema 11. La Policía Judicial. Composición. Misión. Forma de actuación. Dependencia y relación con las autoridades judiciales.

  • Tema 12. La detención: Quienes y cuando pueden detener. Plazos, Procedimiento de "habeas corpus". Entrada y registro en lugar cerrado.

  • Tema 13. De los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Funciones. Competencias. Estructura policial en España. Cuerpos dependientes del Gobierno de la nación. Cuerpos dependientes de las Comunidades Autónomas y de las Comunidades Locales.

  • Tema 14. El Cuerpo de la Guardia Civil. Naturaleza militar. Estructura. Dependencias. Funciones.

  • Tema 15. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Objeto. Ámbito y principios generales. De las Administraciones Públicas y sus relaciones. Órganos. De los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas.

  • Tema 16. Disposiciones y actos administrativos. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos. Revisión de los actos en vía administrativa. Potestad sancionadora. La responsabilidad de las Administraciones Públicas, de sus autoridades y demás personal a su servicio. El recurso contencioso-administrativo.

  • Tema 17. Protección civil. Definición. Fundamento jurídico. Principios informadores de la protección civil. Participantes. Clasificación de las situaciones de emergencia. Esquema jerárquico. Funciones de la protección civil.

  • Tema 18. Organizaciones internacionales. Evolución histórica. Concepto y caracteres de las organizaciones internacionales. Clasificación. Naturaleza, estructura y funciones: Naciones Unidad, Consejo de Europa, Unión Europea y Organización del Tratado del Atlántico Norte.

  • Tema 19. Derechos humanos. La Declaración Universal de Derechos Humanos. Derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Los pactos internacionales de derechos humanos. La Comisión de Derechos Humanos: Procedimientos de protección. El Consejo de Europa. La Carta de Turín. La Convención de Roma: Procedimientos de protección.

  • Tema 20. Ecología. Funciones de relación de los seres vivos. El medio ambiente. Factores físicos: Suelo, luz, temperatura y humedad. Factores biológicos. Asociaciones. Población y comunidad. Ecosistema. Componentes. Tipos: Terrestre y acuático. El equilibrio ecológico. Agresiones al medio ambiente. Contaminación. Residuos.

  • Tema 21. Electricidad y electromagnetismo. Corriente eléctrica. Tensión, intensidad y resistencia. Ley de Ohm. Asociación de componentes eléctricos. Caída de tensión. Energía de la corriente eléctrica. Potencia eléctrica. Magnetismo. Campo magnético. Flujo magnético. Permeabilidad magnética. Campo magnético creado por la corriente eléctrica. Solenoide, electroimán y relé. Fuerza electromotriz inducida. Fuerza electromotriz de autoinducción.

  • Tema 22. Transmisiones. Los elementos de las comunicaciones. Espectro de frecuencias. Concepto de malla y canal de trabajo. Dificultades en el enlace en malla en VHF y UHF. Servicios de usuario o modos de trabajo. Transmisores y receptores de radio (AM y FM). Equipos repetidores. Las ondas electromagnéticas. Propagación y alcances. Antenas. Fuentes de alimentación.

  • Tema 23. Automovilismo. Mecánica del automóvil. Motores: Clases. Cilindros. Tiempos. Reglajes. Motor diesel. Pistón. Biela. Cigüeñal. Volante. Cárter. Motor de dos tiempos. Alimentación en motores de explosión y diesel. Lubricación. Refrigeración. Mecanismos de transmisión. Suspensión. Dirección. Frenos. Electricidad del automóvil. Sistemas de encendido. Dinamo. Alternador. Batería. Motor de arranque. Distribución.

  • Tema 24. Informática. Introducción a la informática. Funciones y fases de un proceso de datos. El ordenador y sus unidades de entrada, cálculo y salida. Concepto de programa y tipos. Concepto del sistema operativo y sus funciones. Almacenamiento de la información: Concepto de fichero.

  • Tema 25. Topografía. Elementos geográficos: Eje terrestre, polos, meridiano, paralelo, ecuador, puntos cardinales, coordenadas geográficas, acimut y rumbo. Unidades geométricas de medida: Unidades lineales, escalas numérica y gráfica, unidades angulares. Representación del terreno: Planimetría y altimetría, clases de terreno, accidentes del terreno, sistema de planos acotados, pendiente entre dos puntos.

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